Butlletí d'actualitat Fiscal i Financera | Novembre 2021

Butlletí mensual | Novembre 2021
Legislació 

ο Resolución de 26 de octubre de 2021, de la Presidencia de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se modifica la de 13 de enero de 2021, por la que se establece la estructura y organización territorial de la Agencia Estatal de Administración Tributaria. 

ο Real Decreto-ley 25/2021, de 8 de noviembre, de medidas en materia de Seguridad Social y otras medidas fiscales de apoyo social.

ο Real Decreto-ley 26/2021, de 8 de noviembre, por el que se adapta el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, a la reciente jurisprudencia del Tribunal Constitucional respecto del Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana.

ο Real Decreto 970/2021, de 8 de noviembre, por el que se modifican el Real Decreto 1644/1997, de 31 de octubre, relativo a las normas de autorización administrativa y requisitos de solvencia de las sociedades de reafianzamiento, el Real Decreto 2660/1998, de 14 de diciembre, sobre el cambio de moneda extranjera en establecimientos abiertos al público distintos de las entidades de crédito, y el Real Decreto 84/2015, de 13 de febrero, por el que se desarrolla la Ley 10/2014, de 26 de junio, de ordenación, supervisión y solvencia de entidades de crédito.

ο Real Decreto-ley 27/2021, de 23 de noviembre, por el que se prorrogan determinadas medidas económicas para apoyar la recuperación

ο Orden HFP/1335/2021, de 1 de diciembre, por la que se desarrollan para el año 2022 el método de estimación objetiva del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y el régimen especial simplificado del Impuesto sobre el Valor Añadido.  

ο Orden HFP/1351/2021, de 1 de diciembre, por la que se modifican la Orden de 20 de noviembre de 2000, por la que se aprueban los modelos 180, en pesetas y en euros, del resumen anual de retenciones e ingresos a cuenta sobre determinadas rentas o rendimientos procedentes del arrendamiento o subarrendamiento de inmuebles urbanos; la Orden HAC/3580/2003, de 17 de diciembre, por la que se aprueba el modelo 156 de declaración informativa anual de las cotizaciones de afiliados y mutualistas a efectos de la deducción por maternidad; la Orden EHA/3895/2004, de 23 de noviembre, por la que se aprueba el modelo 198, de declaración anual de operaciones con activos financieros y otros valores mobiliarios; la Orden EHA/3021/2007, de 11 de octubre, por la que se aprueba el modelo 182 de declaración informativa de donativos, donaciones y aportaciones recibidas y disposiciones realizadas; la Orden EHA/3290/2008, de 6 de noviembre, por la que se aprueba el modelo 296 "Impuesto sobre la Renta de no Residentes. No residentes sin establecimiento permanente. Declaración anual de retenciones e ingresos a cuenta"; la Orden EHA/3481/2008, de 1 de diciembre, por la que se aprueba el modelo 189 de declaración informativa anual acerca de valores, seguros y rentas; la Orden HAP/1608/2014, de 4 de septiembre, por la que se aprueba el modelo 187, de declaración informativa de acciones o participaciones representativas del capital o del patrimonio de las instituciones de inversión colectiva; y la Orden HAP/1695/2016, de 25 de octubre, por la que se aprueba el modelo 289, de declaración informativa anual de cuentas financieras en el ámbito de la asistencia mutua.  

Projectes de llei

ο Memoria abreviada del Proyecto de Orden por la que se aprueba el modelo 237 “Gravamen especial sobre beneficios no distribuidos por sociedades anónimas cotizadas de inversión en el mercado inmobiliario. Impuesto sobre Sociedades. Autoliquidación”

ο Anexo Proyecto de Orden por la que se aprueba el modelo 237 “Gravamen especial sobre beneficios no distribuidos por sociedades anónimas cotizadas de inversión en el mercado inmobiliario. Impuesto sobre Sociedades. Autoliquidación”

Jurisprudència  

Sentències i Resolucions

ο TRIBUNAL ECONOMICO ADMINISTRATIVO CENTRAL, R, 18 Oct. 2021, Rec. 5385/2020. RECAUDACIÓN TRIBUTARIA. Sucesores y responsables tributarios. Responsabilidad subsidiaria. UNIFICA CRITERIO. La equiparación que la normativa mercantil hace entre la persona jurídica administrador y el representante persona física designado por ella permite concluir que sí cabe exigir al amparo del artículo 43.1.b) de la LGT la responsabilidad tributaria subsidiaria del representante persona física de la persona jurídica administrador por las obligaciones tributarias pendientes de la sociedad deudora principal siempre que no hubiese hecho lo necesario para su pago o hubiese adoptado acuerdos o tomado medidas causantes del impago.

ο TRIBUNAL ECONOMICO ADMINISTRATIVO CENTRAL, R, 22 Sep. 2021, Rec. 2984/2021. IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES. Base imponible. Examen de los elementos de la reserva de capitalización. Incentivo fiscal de aplicación opcional o voluntaria. Si bien la norma, (último párrafo del apartado 1 del art. 25 de Ley 27/2014), no permite, que una entidad se reserve una parte o todo del incentivo aplicable en un determinado período, si esa parte o ese todo puede aplicarlos en el mismo. Esto es, lo que pudiendo aplicarse, no se aplica, se pierde. A la hora de aplicar la reducción de la base imponible correspondiente a la reserva de capitalización, cuando existen cantidades pendientes de aplicar procedentes de periodos ant eriores junto con la generada en el propio período, el sujeto pasivo podrá aplicarlas en el orden que quiera, pues no hay nada establecido sobre que unas u otras tengan que aplicarse primero. FIJA CRITERIO.

ο TRIBUNAL CONSTITUCIONAL, Pleno, Sentencia 26 Oct 2021, Rec. 4433/2020. CUESTIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD. PLUSVALÍA MUNICIPAL. Determinación de la base imponible mediante método imperativo de estimación objetiva. Falta de toma en consideración de la capacidad económica al tiempo de la transmisión del terreno urbano que genera incrementos de valor legales de cuantía superior a los efectivamente obtenidos. Declaración de inconstitucionalidad y nulidad de los arts. 107.1, segundo párrafo, 107.2.a) y 107.4 TRLHL por incompatibilidad de la figura del impuesto local con la exigencia constitucional de garantizar la capacidad económica de los contribuyentes. VACÍO NORMATIVO sobre la determinación de la base imponible cuya consecuencia supone la imposibilidad de liquidar, comprobar, recaudar y revisar el tributo y, por tanto, su exigibilidad. Las modificaciones o adaptaciones pertinentes en el régimen legal del impuesto para adecuarlo a las exigencias del art. 31.1 CE compete ahora al legislador. COSA JUZGADA. La revisión, con fundamento en la propia sentencia de aquellas obligaciones tributarias devengadas por este impuesto, que a la fecha de dictarse la misma hayan sido decididas definitivamente mediante sentencia con fuerza de cosa juzgada o mediante resolución administrativa firme NO resulta posible. SITUACIONES CONSOLIDADAS. Las liquidaciones provisionales o definitivas que no hayan sido impugnadas a la fecha de dictarse la sentencia y las autoliquidaciones cuya rectificación no haya sido solicitada ex art. 120.3 LGT a dicha fecha, tendrán también la consideración de situación consolidada. VOTO PARTICULAR.

ο JUZGADO Contencioso-administrativo, N°. 11 de Madrid, S 350/2021, 10 Nov. 2021, Proc. 339/2020. IIVTNU (PLUSVALÍA MUNICIPAL). Derecho a la solicitud de rectificación y devolución de ingresos indebidos. Aplicación de la reciente doctrina STC 26 oct. 2021, que declaró la inconstitucionalidad y nulidad de los arts. 107.1, segundo párrafo, 107.2.a) y 107.4 TRLHL por incompatibilidad de la figura del impuesto local con la exigencia constitucional de garantizar la capacidad económica de los contribuyentes. Efectos retrospectivos de la sentencia constitucional en cuanto invalida la Ley anulada desde su mismo origen, siendo aplicable incluso para actos y situaciones jurídicas anteriores en el tiempo a su publicación, siempre que existan impugnaciones, en las que se discuta sobre ellos. Un acto administrativo, como el controvertido, dictado al amparo de una Ley inconstitucional no tiene cobertura en ningún momento, porque la que presuntamente le proporcionaba la Ley anulada era una cobertura aparente, y no una cobertura real. Vinculación de los Poderes públicos y efectos generales desde la fecha de la publicación de la sentencia en el Boletín Oficial del Estado. Valoración por el Tribunal juzgador de la suficiencia de su publicación en la sede electrónica del Tribunal Constitucional, atendiendo a que a misma ha provocado -antes de su publicación en el BOE- el dictado del RD-Ley 26/2021, de 8 nov., por el que se adopta el nuevo texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.

ο AUDIENCIA NACIONAL, Sala de lo Contencioso-administrativo, Sección 2ª, S, 29 Oct. 2021, Rec. 1117/2017 Telefónica. SA. IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES. Regularización de los ejercicios 2008, 2009, 2010 y 2011. Controversia sobre el tratamiento de determinados créditos fiscales derivados de BINs originadas en los periodos impositivos de 2002 y 2004. Calificación de la compensación de BINs como derecho del contribuyente y no como opción tributaria del artículo 119.3 LGT. Al elaborar las autoliquidaciones Telefónica, no ejercitó una opción tributaria al respecto de la inclusión (o no) de BIN por lo que se reconoce el derecho, de dicha entidad, a la compensación de las BINs pendientes de aplicación en las liquidaciones de los ejercicios 2009 y 2010, así como del derecho a obtener las correspondientes devoluciones. Calificación de las devoluciones a los efectos del devengo de intereses como de ingresos indebidos, con aplicación del artículo 32 LGT. Intereses de los intereses. No procede.

ICAC

ο No hi ha novetats publicades en aquest període

Direcció General de Seguretat Jurídica i Fe pública

ο DGSJFP, R, 28 Jul. 2021 SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA. Denegación de la inscripción de las cláusulas de los estatutos sociales relativas a las mayorías para adopción de acuerdos en junta general y el régimen de transmisión de participaciones sociales, así como la exclusión de socios. Se puede establecer una mayoría reforzada siempre que no rebase el límite legal y que no afecte al acuerdo de ejercicio de la acción social de responsabilidad de los administradores. El acuerdo de disolución puede ser condicionado por los estatutos a la concurrencia de una concreta mayoría reforzada, pero no así los acuerdos que consisten en una mera constatación o corroboración de la existencia de una causa legal de disolución. Respecto a la cláusula que establece la obligación de transmisión de participaciones sociales a determinados socios, así como la exclusión del socio que incumpla dicha obligación, el aplazamiento en un año del pago del precio de las participaciones al socio incumplidor no rebasa los límites generales a la autonomía de la voluntad y establece un sistema que no perturba la realización del valor patrimonial de las participaciones con una dificultad objetiva que sea prácticamente insalvable.

ο DGSJFP, R, 27 Oct. 2021 SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA. Denegación de la inscripción del nombramiento de un miembro del Consejo de Administración de nacionalidad italiana. Dada la consideración legal de los consejeros integrantes del Consejo de Administración como responsables tributarios por las decisiones de este órgano en las que participen, de tal consideración surge la obligación de dotar a todos ellos del correspondiente número de identificación fiscal a los efectos que, en su caso, sean procedentes. Es necesario que los consejeros, incluidos los de nacionalidad no española, estén dotados del correspondiente número de identificación fiscal para el caso de tener que responder por los actos antijurídicos del Consejo de Administración que causen un daño a la Hacienda Pública.

Consultes de la Direcció General de Tributs

ο Consulta Vinculante V2155-21, de 28 de julio de 2021, de la Subdirección General de Impuestos sobre la Renta de las Personas Juridicas. Dirección General de Tributos. COVID-19. IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES. Gastos deducibles. Compra de mascarillas, geles hidroalcohólicos, guantes, pantallas protectoras y pruebas de detección del COVID-19 por una empresa productora española inscrita en el registro de empresas cinematográficas. Aun cuando estos gastos no pueden formar parte de la base de deducción prevista en el art. 36.2 de la LIS, podrán deducirse siempre que estén registrados contablemente y cumplan los requisitos de imputación con arreglo a devengo y justificación documental.

ο Consulta Vinculante V1932-21, de 21 de junio de 2021 de la Subdirección General de Impuestos sobre la Renta de las Personas Fisicas. Dirección General de Tributos. IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS. Pérdidas patrimoniales. Avalista de una sociedad liquidada al que se le embargan ciertas cantidades de los haberes que otra entidad le satisface por su trabajo por cuenta ajena. Inclusión de las cantidades detraídas en el concepto de pérdidas patrimoniales.

ο Consulta Vinculante V2068-21, de 9 de julio de 2021, de la Subdirección General de Impuestos sobre el Consumo. Dirección General de Tributos. IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO. Tipo impositivo. El interesado va a instalar placas fotovoltaicas en su vivienda habitual. Algunos de los contratistas a los que ha pedido presupuesto aplican el tipo impositivo del 10 en el Impuesto sobre el Valor Añadido, mientras que otros aplican el 21 por ciento. Teniendo en cuenta si las obras de reforma mencionadas tuvieran, según lo señalado, la consideración de obras de reparación y renovación, y la aportación de materiales no superara el límite del 40 por ciento referido, el tipo aplicable a las mismas sería el reducido del 10 por ciento. En caso contrario, será de aplicación a las obras objeto de consulta el tipo impositivo general del 21 por ciento.

ο Consulta Vinculante V1849-21, de 14 de junio de 2021 de la Subdirección General de Impuestos sobre la Renta de las Personas Fisicas. Dirección General de Tributos. IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS.  Ganancias patrimoniales. Transmisión de un inmueble por parte de un matrimomio. Intervención de una agencia inmobiliaria en la operación que emite la factura a nombre de uno de los cónyuges. Pese a que la factura no lleve el nombre de ambos cónyuges, tal gasto minora el valor de transmisión a efectos del cálculo de la ganancia o pérdida patrimonial generada por cada uno de ellos, siempre y cuando hubieran sido satisfechos por los transmitentes y en la proporción que corresponda.

ο Consulta Vinculante V2512-21, de 7 de octubre de 2021 de la Subdirección General de Impuestos sobre la Renta de las Personas Fisicas. Dirección General de Tributos. IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS. Ganancia patrimonial. Exención por reinversión en vivienda habitual. circunstancias que necesariamente exijan el cambio de domicilio en período inferior a los tres años. ruidos continuados provocados por establecimiento industrial situado debajo de la vivienda causantes de problemas de salud a los propietarios. Pese a que la valoración de necesidad compete a los órganos de gestión e inspección de la Administración Tributaria, un trastorno emocional, grave de forma independiente o en su conjunción -de forma agravante- con el resto de circunstancias, pudiera llegar a constituir en algún supuesto, como el examinado, circunstancia que desencadene la necesidad de abandonar la vivienda, y enajenarla.

Notes d'hisenda

ο Tancament definitiu de la seu i el portal actuals. Com a fase final del procés d'implantació gradual de la nova seu electrònica, el proper 13 de desembre l'Agència Tributària tancarà definitivament els dominis del portal i seu actuals https://www.agenciatributaria.es i https://www.agenciatributaria.gob.es, que seran substituïts en la seva totalitat per la nova seu electrònica https://sede.agenciatributaria.gob.eshttps://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/ca_es/todas-noticias/Cierre_definitivo_de_la_sede_y_el_portal_actuales.html

ο Declaracions informatives 2021. Es publica "Declaracions informatives el 2021" que reuneix la informació i les novetats referides a les formes i terminis de presentació.En tot cas, les novetats incloses en aquesta publicació queden supeditades a l'aprovació de la normativa que es troba actualment en tramitació. La presentació de declaracions informatives el 2021 podrà realitzar-se a partir de l'1 de gener de 2022. Enllaci a Campaña Declaracions informatives el 2021

ο La valoració dels béns immobles en l’ITPAJD i l’ISD a partir de l’1.1.2022 http://atc.gencat.cat/ca/agencia/noticies/detall-noticia/20211126-valoracio-bens-immobles.html

Formació 

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Notícies

ο LA VANGUARDIA 01/12/2021 El paro juvenil se desboca: nativos digitales pero más precarios que nunca. La pandemia ha empeorado una situación enquistada desde hace 25 años aunque hay fórmulas para revertirla.

ο EL MUNDO 04/12/2021 El lastre de la última burbuja del 'ladrillo': el 54% de las ejecuciones hipotecarias recaen sobre viviendas compradas en esa época. Miles de familias quedaron atrapadas en hipotecas muy elevadas y todavía hoy sigue habiendo muchas que no pueden hacer frente a las cuotas.

ο EL PAIS 05/12/2021 El cierre masivo de bancos excluye a los mayores. Solo algunas administraciones locales intentan frenar la presión de las entidades para derivar clientes a internet.

ο EL PERIODICO 03/12/2021 'Next Generation' Bruselas aprueba 10.000 millones de los fondos europeos para España. Von der Leyen destaca que es el primer país en recibir el pago tras avanzar "lo suficiente" en el plan de recuperación.

Calendari impositu 

ο Calendari General del Contribuent 2021
ο iCalendar
ο Calendari del contribuent anys anteriors

Retencions

ο Quadre informatiu tipus de retenció aplicables al 2021

ο Servei de càlcul de retencions aplicable al 2021

Patronal Cecot | Sant Pau, núm 6 - 08221 Terrassa (Barcelona) | Tel. 93 736 11 00 | info@cecot.org | www.cecot.org