Butlletí d'actualitat Fiscal i Financera | Març 2021

Butlletí mensual | Març 2021
Legislació 

ο RESOLUCIÓ 1148/XII del Parlament de Catalunya, de validació del Decret llei 10/2021, de mesures urgents de caràcter tributari i financer.

ο Real Decreto-ley 4/2021, de 9 de marzo, por el que se modifican la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades, y el texto refundido de la Ley del Impuesto sobre la Renta de no Residentes, aprobado mediante Real Decreto Legislativo 5/2004, de 5 de marzo, en relación con las asimetrías híbridas.

ο Orden HAC/248/2021, de 16 de marzo, por la que se aprueban los modelos de declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y del Impuesto sobre el Patrimonio, ejercicio 2020, se determinan el lugar, forma y plazos de presentación de los mismos, se establecen los procedimientos de obtención, modificación, confirmación y presentación del borrador de declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, y se determinan las condiciones generales y el procedimiento para la presentación de ambos por medios telemáticos o telefónicos.

ο RESOLUCIÓ EXI/699/2021, de 10 de març, per la qual es disposa la publicació en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya de l'Acord de la Subcomissió de Seguiment Normatiu, Prevenció i Solució de Conflictes de la Comissió Bilateral Generalitat-Estat en relació amb la Llei 5/2020, del 29 d'abril, de mesures fiscals, financeres, administratives i del sector públic i de creació de l'impost sobre les instal·lacions que incideixen en el medi ambient.

ο RESOLUCIÓ VEH/834/2021, de 23 de març, per la qual es dona publicitat al Conveni únic de col·laboració entre l'Agència Tributària de Catalunya i l'Ajuntament de Terrassa en matèria tributària.

ο Resolución de 25 de marzo de 2021, del Congreso de los Diputados, por la que se ordena la publicación del Acuerdo de convalidación del Real Decreto-ley 4/2021, de 9 de marzo, por el que se modifican la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades, y el texto refundido de la Ley del Impuesto sobre la Renta de no Residentes, aprobado mediante Real Decreto Legislativo 5/2004, de 5 de marzo, en relación con las asimetrías híbridas.

ο Real Decreto-ley 5/2021, de 12 de marzo, de medidas extraordinarias de apoyo a la solvencia empresarial en respuesta a la pandemia de la COVID-19

ο Orden HAC/320/2021, de 6 de abril, por la que se establece un fraccionamiento extraordinario para el pago de la deuda tributaria derivada de la declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas para beneficiarios durante el año 2020 de prestaciones vinculadas a Expedientes de Regulación Temporal de Empleo.

ο Real Decreto 243/2021, de 6 de abril, por el que se modifica el Reglamento General de las actuaciones y los procedimientos de gestión e inspección tributaria y de desarrollo de las normas comunes de los procedimientos de aplicación de los tributos, aprobado por el Real Decreto 1065/2007, de 27 de julio, en transposición de la Directiva (UE) 2018/822 del Consejo, de 25 de mayo de 2018, que modifica la Directiva 2011/16/UE, por lo que se refiere al intercambio automático y obligatorio de información en el ámbito de la fiscalidad en relación con los mecanismos transfronterizos sujetos a comunicación de información.

Projectes de llei

ο Proyecto de Orden por la que se aprueba el modelo 369 “Impuesto sobre el Valor Añadido. Autoliquidación de los regímenes especiales aplicables a los sujetos pasivos que presten servicios a personas que no tengan la condición de sujetos pasivos, que efectúen ventas a distancia de bienes y ciertas entregas interiores de bienes” y se determinan la forma y procedimiento para su presentación. Texto del proyecto (PDF aprox. 156 KB) MAIN (PDF aprox. 191 KB) ANEXO I (PDF aprox. 772 KB)

ο Proyecto de Orden por la que se modifican la Orden EHA/3434/2007, de 23 de noviembre, por la que se aprueban los modelos 322 de autoliquidación mensual, modelo individual, y 353 de autoliquidación mensual, modelo agregado, y el modelo 039 de Comunicación de datos, correspondientes al Régimen especial del Grupo de Entidades en el Impuesto sobre el Valor Añadido, la Orden EHA/3786/2008, de 29 de diciembre, por la que se aprueban el modelo 303 Impuesto sobre el Valor Añadido, Autoliquidación, y el modelo 308 Impuesto sobre el Valor Añadido, solicitud de devolución: Recargo de equivalencia, artículo 30 bis del Reglamento del IVA y sujetos pasivos ocasionales y se modifican los Anexos I y II de la Orden EHA/3434/2007, de 23 de noviembre, por la que se aprueban los modelos 322 de autoliquidación mensual, modelo individual, y 353 de autoliquidación mensual, modelo agregado, así como otra normativa tributaria, la Orden EHA/3111/2009, de 5 de noviembre, por la que se aprueba el modelo 390 de declaración-resumen anual del Impuesto sobre el Valor Añadido y se modifica el anexo I de la Orden EHA/1274/2007, de 26 de abril, por la que se aprueban los modelos 036 de Declaración censal de alta, modificación y baja en el Censo de empresarios, profesionales y retenedores y 037 Declaración censal simplificada de alta, modificación y baja en el Censo de empresarios, profesionales y retenedores y la orden por la que se modifica la Orden HFP/417/2017, de 12 de mayo, por la que se regulan las especificaciones normativas y técnicas que desarrollan la llevanza de los Libros registro del Impuesto sobre el Valor Añadido a través de la Sede electrónica de la Agencia Estatal de Administración Tributaria establecida en el artículo 62.6 del Reglamento del Impuesto sobre el Valor Añadido, aprobado por el Real Decreto 1624/1992, de 29 de diciembre, y se modifica otra normativa tributaria. Texto del proyecto (PDF aprox. 303 KB) MAIN (PDF aprox. 297 KB) ANEXO I (PDF aprox. 645 KB); ANEXO II (PDF aprox. 680 KB); ANEXO III (PDF aprox.690 KB)

ο Proyecto de orden por la que se modifica la Orden EHA/1274/2007, de 26 de abril, por la que se aprueban los modelos 036 de Declaración censal de alta, modificación y baja en el Censo de empresarios, profesionales y retenedores y 037 Declaración censal simplificada de alta, modificación y baja en el Censo de empresarios, profesionales y retenedores y la Orden EHA/3695/2007, de 13 de diciembre, por la que se aprueba el modelo 030 de Declaración censal de alta en el Censo de obligados tributarios, cambio de domicilio y/o variación de datos personales, que pueden utilizar las personas físicas, se determinan el lugar y forma de presentación del mismo y se modifica la Orden EHA/1274/2007, de 26 de abril, por la que se aprueban los modelos 036 de Declaración censal de alta, modificación y baja en el Censo de empresarios profesionales y retenedores y 037 Declaración censal simplificada de alta, modificación y baja en el Censo de empresarios, profesionales y retenidoresTexto del proyecto (PDF aprox. 113 KB) MAIN (PDF aprox. 142 KB) ANEXO I (PDF aprox. 5,2 MB); ANEXO II (PDF aprox. 4,4 MB); ANEXO III (PDF aprox.4,2 MB)

ο Proyecto de Orden por la que se aprueban los modelos de declaración del Impuesto sobre Sociedades y del Impuesto sobre la Renta de no Residentes correspondiente a establecimientos permanentes y a entidades en régimen de atribución de rentas constituidas en el extranjero con presencia en territorio español, para los períodos impositivos iniciados entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2020, se dictan instrucciones relativas al procedimiento de declaración e ingreso y se establecen las condiciones generales y el procedimiento para su presentación electrónica, y por la que se modifica la Orden HAP/296/2016, de 2 de marzo, por la que se aprueba el modelo 282, "Declaración informativa anual de ayudas recibidas en el marco del Régimen Económico y Fiscal de Canarias y otras ayudas de estado, derivadas de la aplicación del Derecho de la Unión Europea y se establecen las condiciones y el procedimiento para su presentación. Texto del proyecto (PDF aprox. 436 KB) MAIN (PDF aprox. 170 KB) ANEXO I (PDF aprox. 3,4 MB); ANEXO II (PDF aprox. 5 MB); ANEXO III (PDF aprox. 1,2 MB); ANEXO IV (PDF aprox. 1,2 MB); ANEXO V (PDF aprox. 1,15 MB); ANEXO VI (PDF aprox. 1,2 MB)

ο Proyecto de Real Decreto por el que se modifican el Reglamento del Impuesto sobre el Valor Añadido, aprobado por el Real Decreto 1624/1992, de 29 de diciembre, y otras normas tributarias. 

https://www.hacienda.gob.es/documentacion/publico/normativadoctrina/proyectos/rd-modificacion-reglamento-va-y-otros.pdf

https://www.hacienda.gob.es/documentacion/publico/normativadoctrina/proyectos/memoria-rd-modificacion-reglamento-iva-y-otros.pdf

ο Proyecto de Orden Ministerial por la que se aprueba el formulario 035 "Declaración de inicio, modificación o cese de operaciones comprendidas en los regímenes especiales aplicables a los sujetos pasivos que presten servicios a personas que no tengan la condición de sujetos pasivos o que realicen ventas a distancia de bienes o determinadas entregas nacionales de bienes" y se determinan la forma y procedimiento para su presentación.

https://www.hacienda.gob.es/documentacion/publico/normativadoctrina/proyectos/proyecto-om-formulario-035-observaciones.pdf

https://www.hacienda.gob.es/documentacion/publico/normativadoctrina/proyectos/anexo-proyecto-om-formulario-035-observaciones.pdf

https://www.hacienda.gob.es/documentacion/publico/normativadoctrina/proyectos/memoria-abreviada-proyecto-om-formulario-035-observaciones.pdf

Jurisprudència  

Sentències i Resolucions

ο TRIBUNAL SUPREMO, Sala Tercera, de lo Contencioso-administrativo, Sección 2ª, S 1457/2020, 5 Nov. 2020, Rec. 1047/2018. INTERÉS CASACIONAL. IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS. Rendimientos del trabajo personal. Rendimientos derivados de sistemas de previsión social. La interpretación del artículo 17.1 LIRPF, sobre rendimientos íntegros del trabajo, conlleva que la cantidad percibida en concepto de rescate de un plan de pensiones constituya rendimiento del trabajo gravado por el IRPF en el ejercicio de su obtención. El hecho de que el artículo 51.6 LIRPF guarde silencio respecto de los supuestos en los que, pudiendo hacerlo, el partícipe no redujo de la base imponible del impuesto cuando efectuó las aportaciones al plan, no autoriza a concluir, que tal reducción ya no pueda llevarse a cabo posteriormente en el momento de recibir el rescate, ya que supondría una doble imposición no querida por la ley.

ο TRIBUNAL SUPREMO, Sala Tercera, de lo Contencioso-administrativo, Sección 2ª, S 71/2021, 26 Ene. 2021, Rec. 5832/2018. INTERÉS CASACIONAL. IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS. Base imponible. Ganancias y pérdidas patrimoniales. Amortización de parte del capital pendiente de un préstamo hipotecario constituido en moneda extranjera. La ganancia o pérdida patrimonial generada merced a la diferencia del tipo de cotización con el que fue fijado inicialmente el préstamo, debe integrarse en la base general del impuesto.

ICAC

ο No hi ha novetats publicades en aquest període

Direcció General del registre i del notari

ο DGRN, R, 10 Feb. 2021 SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA. Denegación de la inscripción del acuerdo por el que se designa a un consejero delegado a quien se conceden todas las facultades legal y estatutariamente delegables, con la particularidad de que las facultades delegadas cuyo contenido económico resultara superior a un millón de euros por operación únicamente podrán ser ejercitadas, de forma mancomunada, con alguna de las dos personas que se indican. El ámbito del poder de representación de los administradores está inequívocamente delimitado, de modo imperativo, por el art. 234 de la Ley de Sociedades de Capital, que establece que cualquier limitación de las facultades representativas de los administradores, aunque se halle inscrita en el Registro Mercantil, será ineficaz frente a terceros. Ningún obstáculo existiría para inscribir la limitación cuestionada si en el acuerdo de delegación quedara siempre a salvo expresamente lo dispuesto en el referido art. 234.

ο DGRN, R, 11 Dic. 2020 SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA. Depósito de cuentas anuales. Se suspende su práctica. No se acompaña el informe del auditor de cuentas inscrito con carácter voluntario. Inscrito el nombramiento de auditor voluntario, el depósito de las cuentas sólo puede llevarse a cabo si vienen acompañadas del oportuno informe de verificación. Aplicación del art. 279 TRLSC.

Consultes de la Direcció General de Tributs

ο Consulta Vinculante V3619-20, de 22 de diciembre de 2020, de la Subdirección General de Impuestos sobre la Renta de las Personas Fisicas. Dirección General de Tributos. IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS. Base imponible. Método de estimación directa. Requisitos para la deducción de gastos de manutención del propio contribuyente. La deducibilidad de los gastos está condicionada por el principio de su correlación con los ingresos, siendo deducibles aquellos respecto de los que acreditándose que se han ocasionado en el ejercicio de la actividad, estén relacionados con la obtención de los ingresos; por el contrario, cuando no exista esa vinculación o no se probase suficientemente no podrán considerarse como fiscalmente deducibles de la actividad económica. Igualmente los gastos deducibles deberán cumplir los requisitos de correcta imputación temporal, de registro en la contabilidad o en los libros registros que el contribuyente deba llevar, así como de estar convenientemente justificados.

ο Consulta Vinculante V3631-20, de 23 de diciembre de 2020, de la Subdirección General de Impuestos sobre la Renta de las Personas Fisicas. Dirección General de Tributos. IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS. Rendimientos de actividades profesionales. Imputación temporal. Ingresos de un abogado que pacta unos honorarios consistentes en un porcentaje de la cantidad que su cliente obtenga en el procedimiento y que por ciertas desavenencias se ve inmerso en una jura de cuentas. Imputación de los rendimientos conforme a las reglas del devengo, esto es en el ejercicio en que finalice el pleito en el que se reconoce el derecho de su cliente al percibo de la cantidad reclamada.

ο Consulta Vinculante V3623-20, de 22 de diciembre de 2020, de la Subdirección General de Impuestos sobre la Renta de las Personas Fisicas. Dirección General de Tributos. IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS. Estimación objetiva. Personas físicas que desarrollan la actividad económica VTC. La actividad desarrollada a través del vehículo con licencia VTC, no podrá determinar su rendimiento neto por el método de estimación objetiva ni tributar por el régimen especial simplificado del IVA, al tratarse de un servicio de arrendamiento de vehículo con conductor.

ο Consulta Vinculante V0072-21, de 22 de enero de 2021, de la Subdirección General de Impuestos sobre la Renta de las Personas Fisicas. Dirección General de Tributos. IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS. Deducciones de la cuota. Por inversión en empresas de nueva o reciente creación. Regularización de la deducción por incumplimiento de plazos de permanencia en el patrimonio. La aplicación de la deducción exige que las acciones o participaciones adquiridas permanezcan en el patrimonio del contribuyente por un plazo superior a tres años e inferior a doce años. Cuando en períodos impositivos posteriores se pierde el derecho, en todo o en parte, a las deducciones practicadas, el contribuyente está obligado a sumar a la cuota líquida estatal y a la cuota líquida autonómica o complementaria devengadas en el ejercicio en que se hayan incumplido los requisitos, las cantidades indebidamente deducidas, más los intereses de demora.

ο Consulta Vinculante V0056-21, de 20 de enero de 2021, de la Subdirección General de Tributos. Dirección General de Tributos. DEVOLUCIÓN DE INGRESOS INDEBIDOS. PRESCRIPCIÓN. Acciones y derechos. Se ejecuta un bien de la interesada, siendo adjudicado a un tercero por valor superior a la deuda que aquélla tenía con la Administración, poniéndose el sobrante a su disposición en la Tesorería o Cuenta de Consignaciones de la Administración correspondiente. El sobrante se subsume en el concepto de devoluciones de ingresos indebidos, por lo que la interesada dispone del plazo de 4 años para exigir su reembolso.

ο Consulta Vinculante V0017-21, de 13 de enero de 2021, de la Subdirección General de Impuestos sobre la Renta de las Personas Fisicas. Dirección General de Tributos. IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS.  Base imponible. Método de estimación directa. Deducibilidad de la retribución que se satisfaga al cónyuge por parte del titular de la actividad económica. Si el titular de la actividad puede probar que el cónyuge o los hijos menores trabajan en la actividad en régimen de dependencia laboral y se cumplen los restantes requisitos del artículo 30 LIRPF, las retribuciones al cónyuge o hijos menores tendrían la consideración de gasto deducible.

ο Consulta Vinculante V0098-21, de 28 de enero de 2021, de la Subdirección General de Impuestos sobre la Renta de las Personas Fisicas. IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS. Rendimientos del trabajo personal. El contribuyente percibe una prestación extraordinaria por cese de actividad para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19. La prestación extraordinaria tiene la consideración de rendimiento del trabajo por tratarse de una prestación de desempleo en sentido amplio, y no sólo comprensivo de la situación de cese de actividad correspondiente a los trabajadores por cuenta ajena. 

Notes d'hisenda

ο Informació per a perceptors de l'Ingrés Mínim Vital (IMV) el 2020 de cara a la campanya de Renda 2020

ο Informació per a contribuents afectats per ERTE el 2020 de cara a la campanya de Renda 2020

ο Nou avís sobre els terminis de presentació i ingrés de l'Impost sobre Transaccions Financeres. Atenent l'estat de tramitació normativa de l'Impost sobre Transaccions Financeres, i amb l'objectiu de permetre un marge temporal major per a les adaptacions tècniques i funcionals dels nous contribuents, es procedeix a modificar el termini de presentació amb les previsions actuals.

Formació 

ο No hi ha formació en l'àrea economicofinancera i fiscal 

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Notícies

ο LA VANGUARDIA 06/04/2021 Catalunya supera a Madrid como destino del turismo internacional pese a tener más restricciones. Los franceses se afianzan como principales visitantes extranjeros en España en febrero, pese a que el número de turistas internacionales se desplomó un 93,6%, aunque el gasto medio por turista subió un 4,7%

ο AEAT 22/03/2021 Un informe de l'FMI valora el foment del compliment voluntari i la gestió de riscos fiscals i censals a l'Agència Tributària. S'avaluen nou grans àrees d'acompliment, desglossades en 28 indicadors, dels quals en més d'un 78% la AEAT ha obtingut les puntuacions més altes. El mètode ‘TADAT’ permet un examen de l'acompliment de les administracions tributàries perquè puguin valorar en quin grau s'acomoden amb el que l'FMI considera bones pràctiques internacionals en la matèria. L'Agència desenvoluparà un pla d'acció a partir de l'avaluació, amb propostes de millora en matèries com l'agilitació de les devolucions de IVA i el temps de resolució de recursos de reposició.

ο EL PERIODICO 06/03/2021 España recupera 70.000 empleos en plena tercera ola y el paro vuelve a bajar. La relajación de restricciones previa a la Semana Santa permite crear empleo y reactivar a más de 100.000 trabajadores en erte. El mercado laboral consigue crear empleo, pero registra su marzo más flojo desde el 2013. Tras 12 meses de pandemia, en España hay 85.858 ocupados menos y 401.328 parados más.

ο EUROPA PRESS 06/04/2021 Hacienda obligará a los intermediarios a informar de operaciones con "planificación fiscal agresiva". Asesores, abogados o gestores tendrán un mes para comunicar el uso de cualquier mecanismo transfronterizo que suponga un ahorro fiscal.

ο CINCO DÍAS 06/04/2021 España, Alemania y Francia se suman a EE UU y piden un tipo mínimo global en Sociedades. La Comisión Europea y el FMI también dan la bienvenida al plan de la la secretaria del Tesoro de EE UU, Janet Yellen.

Calendari impositu 

ο Calendari General del Contribuent 2021
ο iCalendar
ο Calendari del contribuent anys anteriors

Retencions

ο Quadre informatiu tipus de retenció aplicables al 2021

ο Servei de càlcul de retencions aplicable al 2021

Patronal Cecot | Sant Pau, núm 6 - 08221 Terrassa (Barcelona) | Tel. 93 736 11 00 | info@cecot.org | www.cecot.org
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